Baja de maternidad y paternidad ¿son compatibles?
Recientemente se ha producido en España un cambio significativo a nivel laboral y, por ende, una mejora de la conciliación a nivel laboral y familiar. En concreto hablamos de la baja por paternidad, la cual ha duplicado el número de días a los que se tenía derecho: de las 2 semanas iniciales el permiso se ha ampliado hasta las 4 semanas. Para ello los únicos requisitos que se pedían era estar afiliado y en situación de alta o asimilada, y cumplir un periodo mínimo de cotización (180 días dentro de los 7 años anteriores a la fecha de inicio del período de suspensión o del permiso o bien 360 días cotizados a lo largo de toda la vida laboral). La duda que puede surgir a muchos trabajadores es qué ocurre ahora con la baja de maternidad, y si esta es compatible con la que acabamos de explicar. La respuesta es afirmativa: la trabajadora sigue teniendo derecho a su permiso de maternidad, que es independiente y compatible con el de paternidad. De esta forma la mujer sigue manteniendo su derecho a 16 semanas de descanso, de las cuales, 6 deben disfrutarse obligatoriamente tras es el parto. Además, la madre sigue teniendo derecho a ceder su parte del descanso por maternidad, de forma que el padre también puede beneficiarse de ello. En resumen: -El nuevo permiso por paternidad se amplía hasta las 4 semanas. -La madre conserva su derecho a 16 semanas, pudiendo cedérselas al padre si así lo desea. El único límite son las 6 semanas posteriores al parto, que no se pueden ceder. En caso de dudas es recomendable consultar con un abogado laboralista para que nos asesore. Nuestro Despacho en Málaga puede ayudarle con esta o con otras cuestiones que nos indique: contratos de trabajo; convenios colectivos, despidos; otras prestaciones de la Seguridad Social, etc. No dude en pedirnos una cita por teléfono para más información.